La Ley 21.719 tiene una dimensión técnica que los estudios legales solos no cubren: inventario de bases de datos, controles de acceso, seguridad de la información, integraciones con proveedores cloud y protocolos de respuesta a brechas técnicas.
SilocyData combina el expertise técnico en datos con el conocimiento de la ley. No solo redactamos documentos — mapeamos tus sistemas reales, identificamos dónde están los datos personales y construimos los controles que la ley exige.
El cumplimiento documental sin respaldo técnico no resiste una auditoría del CPLT.
Mapeamos todos los datos personales que su empresa trata: qué datos, de quién, dónde están, quién accede, con qué base legal. Entrevistamos a las áreas clave y construimos la matriz de levantamiento completa. El resultado es un informe de brechas con las prioridades claras.
Mes 1Redactamos y dejamos operativos todos los instrumentos que exige la ley: catálogo de datos, política de tratamiento, protocolo ARCOP, protocolo de brechas y Modelo de Prevención de Infracciones. Su empresa queda lista para fiscalización.
Mes 2Cumplir la ley no es un proyecto de una vez. Las solicitudes de titulares, las brechas y las fiscalizaciones son permanentes. SilocyData actúa como su Delegado de Protección de Datos externo con un plan mensual.
Plan Base
10 UF / mes
Plan Estándar
15 UF / mes
Tratan datos sensibles: salud, biometría o datos de menores
Usan proveedores tecnológicos en el extranjero
No tienen equipo legal o de compliance dedicado
Necesitan cumplir antes de diciembre y no saben por dónde empezar
La ley tiene dimensiones técnicas que los estudios legales no cubren: inventario de sistemas, controles de acceso, seguridad técnica y protocolos de brechas. SilocyData combina expertise técnico en datos con conocimiento de la ley para un cumplimiento completo, no solo documental.
Nuestro proceso completo toma 2 meses: el primer mes cubre el levantamiento y diagnóstico profundo, y el segundo mes la redacción e implementación de todos los instrumentos que exige la ley.
El MPI incluye: encargado de prevención designado, política de datos aprobada, catálogo publicado, protocolos ARCOP y de brechas, capacitaciones al equipo y canal de denuncias. Opera como atenuante en el cálculo de sanciones.
Sí. La ley aplica a toda empresa que trate datos de personas en Chile, sin importar el tamaño. Las PYME tienen algunas simplificaciones (DPO voluntario), pero el régimen sancionatorio aplica igual. Multas de 5.000 UTM para infracciones leves hasta 20.000 UTM o 4% de ingresos para gravísimas.
El cumplimiento no es un proyecto de una sola vez: las solicitudes de titulares, las brechas y las fiscalizaciones son permanentes. Ofrecemos un servicio de DPO externo desde 10 UF al mes, con monitoreo de cumplimiento, gestión de solicitudes ARCOP y actualización de documentación.
Evalúa en 10 minutos las 8 áreas críticas de la ley. Sin registro, sin costo, con resultados inmediatos.
Hacer el diagnóstico →Desde el diagnóstico hasta los protocolos en operación. Nos hacemos cargo del proceso completo.
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